PAUTAS DE COLABORACIÓN COMERCIOS – C.P.N.R. TARTESSOS
FIESTAS Y EVENTOS
- El suelo privativo perteneciente a la C.P. no se podrá utilizar con fines lucrativos privados, ni para eventos privados, sin permiso de la Junta Directiva.
- En fiestas y eventos organizados por la C.P. se podrán colocar stands de venta y comercio siempre y cuando se acojan a las pautas marcadas y el aviso previo por parte de la C.P.
- Los stand que se coloquen se podrán utilizar solo el tiempo que dure la actividad, más el tiempo de instalación y desmontaje, que se estima en 2 horas.
- Los elementos necesarios para los stands, así como mesas, sillas, etc, correrán a cargo del comercio, no pudiéndose utilizar en beneficio propio los materiales que ponga la C.P en los diferentes eventos.
- No se utilizarán los stands en días posteriores a los eventos organizados, para ningún tipo de fin.
- Si no se cumplieran estas pautas, se les negará el uso del stand o se le privará del uso si ya lo tuvieran a los diferentes comercios.
PUBLICIDAD Y PATROCINIOS
- La C.P. pone a disposición de los comerciantes la posibilidad de aparecer en los Boletines Informativos que se realizarán semestralmente y patrocinarlos mediante anuncio publicitario.
- Anuncio grande 30 €/boletín
- Anuncio Pequeño 15 €/boletín
- Se podrán colocar carteles publicitarios en el vallado, como patrocinadores de los eventos, con una cuota de 50 €/evento, con un tamaño máximo de 1m x 2 m.
- Las fiestas y eventos podrán contener más actividades o actuaciones según la disposición que exista de colaboración entre los comerciantes más beneficiados por los eventos, en el momento en el que se realicen. La C.P. no podrá hacerse cargo de todo el gasto de materiales de talleres, artistas y actividades varias que se contraten. Como el evento reporta beneficios a todos es necesario la aportación de todos.
NORMAS DE USO DEL SUELO PRIVATIVO
- Los residuos y basuras generadas por los locales comerciales deberá ser recogida por los diferentes comercios, aunque se disipen en una gran superficie. La C.P. no puede permitir que el trabajador que tienen contratado, invierta su tiempo de trabajo en la recogida de los residuos de locales privativos.
- Se deberán cumplir los horarios de apertura y cierre de los comercios marcados por el Ayuntamiento de Sevilla.
- Se deberá cumplir Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente en Materia de Ruidos y Vibraciones.
- Se deberá cumplir la Ordenanza reguladora de las terrazas de veladores.
- Si no se cumplieran las preceptivas normas de uso del suelo privativo marcadas anteriormente, la C.P. estará en su derecho de avisar a la Policía Local del Distrito o los Organismos municipales para subsanar las diligencias.
- Estas Pautas serán incorporadas en la próxima Junta General en los Estatutos de la Comunidad de Propietarios Núcleo Residencial Tartessos.
Sevilla a 28 de Mayo de 2014
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