jueves, 20 de noviembre de 2014

ESCRITO 08/14_TALA DE ARBOLES

La Comunidad de Propietarios “Núcleo Residencial Tartessos”, con C.I.F H-41.141.540, y domicilio fiscal en C/Aorno nº 3 – Local, 41008 Sevilla, y en representación su Junta Directiva, certifica lo siguiente:

“Existen varios árboles privativos en el núcleo residencial, que tienen más de 40 años, que se encuentran en grave peligro de derrumbe, por distintas patologías. Se encuentran en un estado de pudrición interior, raíces secas y levantadas sobre el terreno, movimientos sobre su base, hongos, producen líquidos que expulsan al exterior, así como gran falta de estabilidad. Por lo tanto, en la actualidad, son un serio problema para la seguridad de los viandantes y vecinos de la zona”

Por lo que la Junta Directiva y la Junta de Propietarios reunida el día 7 de Octubre de 2014, en Junta General Extraordinaria, acuerdan lo siguiente:

“La retirada y tala de los árboles que se encuentren en mal estado, por temas de salubridad o estabilidad, siempre y cuando sean repoblados por otros” 

Para la Justificación de la Tala de Árboles, la C.P. se acoge al artículo 390 del Código Civil, así como el artículo 16 de los Estatutos, con aprobación inicial el día 7 de Octubre de 2014:

Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimento de la Ley de 26 de mayo último (Vigente hasta el 15 de Julio de 2015).

  • Artículo 390 
    • Cuando algún árbol corpulento amenazare caerse de modo que pueda causar perjuicios a una finca ajena o a los transeúntes por una vía pública o particular, el dueño del árbol está obligado a arrancarlo y retirarlo; y si no lo verificare, se hará a su costa por mandato de la Autoridad.

ESTATUTOS DE LA C.P. “NÚCLEO RESIDENCIAL TARTESSOS”:

  • Artículo 16º. Poda de Árboles.
    • La poda de árboles se realizará de manera bianual, siempre y cuando se disponga de fondos. Aunque se podrán realizar podas especiales o de urgencia, según necesidades, por temas de salubridad, estabilidad, o meteorológicas, que supongan peligro para los viandantes, así como retirada de árboles por cuestiones de estabilidad, salubridad o seguridad contra caídas, siempre y cuando se repongan por otros aunque sean de otro especie. 
En Sevilla a 20 de Noviembre de 2014
Junta Directiva 
C.P. Núcleo Residencial Tartessos
Fco Javier Vega Pozo. Presidente

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